Mociones por las que el Pleno de Carreño solicita la dimisión de la alcaldesa y la reprobación del grupo municipal socialista.
28 de enero de 2018
MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA SOLICITANDO LA DIMISION DE LA ALCALDESA DE CARREÑO
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, se presenta desde este Grupo Municipal de Izquierda Unida la siguiente moción, para su debate y consideración por este Pleno.
Exposición de Motivos
Debemos enunciar y en primer lugar, para tener presentes todas las perspectivas de la moción presente, que de conformidad con el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la asociación de los municipios en mancomunidades para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia, se reconoce como un derecho. No pudiendo argumentarse, siempre al margen de otras consideraciones, la obligación o el deber de mantenerse en la Mancomunidad, dada esta naturaleza.
En segundo término, la disposición transitoria undécima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, regula las mancomunidades de municipios, estableciendo que las mancomunidades de municipios deberán adaptar sus estatutos a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, para no incurrir en causa de disolución.
Con estas premisas, pese al inicial primer informe de la Dirección General de Administración Local de 3 de noviembre de 2014, las actuaciones posteriores de la propia Mancomunidad y de los dos Ayuntamientos que la componen, sí han creado una presunción de la falta de adaptación de sus Estatutos a la legislación vigente.
En base a la situación actual referida a la Mancomunidad y a la negativa de la Alcaldesa de asumir sus competencias como Presidenta y, junto a ello, la decisión del grupo Municipal Socialista de no personarse en la convocatoria de Junta de Mancomunidad, órgano de gestión de la misma, respaldando por tanto la decisión de la Alcaldía, debemos exponer:
Que según el informe de Secretaría de la Mancomunidad, de fecha 3 de enero de 2018 y referido al asunto: Rotación de la Presidencia de la Mancomunidad, el cual dictamina, en base al artículo 44 de la Ley7/1985 de 2 de abril, que la Mancomunidad se rige por sus Estatutos propios y que estos, buscan evitar una situación de vacío de poder, de tal forma que su regulación obliga a que exista elección de Presidente de la Mancomunidad en la propia sesión constitutiva, evitando situaciones de inseguridad jurídica.
Para ello, el artículo 10 de los Estatutos, dispone que será Presidente de la Mancomunidad, aquel Alcalde que resulte elegido por mayoría absoluta en la sesión constitutiva de la Junta. Así mismo, el artículo 11 de los Estatutos, dispone que será Vicepresidente el Alcalde del Concejo que no ocupe la Presidencia. El artículo 15, establece que la duración del mandato del Presidente y Vicepresidente será de 2 años y alterna.
Que en fecha 29 de Julio de 2015 se celebra sesión extraordinaria de la Junta de la Mancomunidad en la que resulta elegido Presidente el Alcalde de Gozón y Vicepresidenta, la Alcaldesa de Carreño.
Que dicho informe de Secretaría sentencia claramente que, habiendo transcurrido más de dos años y conforme con lo que dispone el artículo 15 de los Estatutos, procede que la Presidencia pase a la Alcaldesa de Carreño y la vicepresidencia a al Ayuntamiento de Gozón con carácter automático y sin más trámites, dado que son las normas establecidas.
Que a estas, sus obligaciones, la Alcaldesa de Carreño anuncia y reafirma su renuncia, a hacerse cargo de ellas y que desobedece a las convocatorias como Vicepresidenta, renunciando así a defender los intereses de este ayuntamiento ante la Mancomunidad de Cabo Peñes, como a sus funciones incurriendo así, en un claro incumplimiento estatutario en la negativa a asumir su responsabilidad como Presidenta de la Mancomunidad, tal y como los Estatutos le obliga.
Es claro y evidente, que la Alcaldesa de Carreño se niega a asumir sus obligaciones como representante de Carreño y está incumpliendo los acuerdos que este Ayuntamiento tiene con el Concejo de Gozón por medio de la Mancomunidad. Está además, en un incumplimiento estatutario y con ello, sumerge al Ayuntamiento de Carreño en una crisis política irresponsable que pone en riesgo la calidad de los servicios públicos ofrecidos a los ciudadanos, así como la continuidad de la Mancomunidad.
Por todo lo anteriormente expuesto:
Izquierda Unida de Carreño solicita la Dimisión de la Alcaldesa de Carreño, Amelia Fernández, y pide un apoyo claro y explícito del resto de los Grupos políticos aquí representados y que representan a la mayoría de la población de Carreño.
MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA REPROBANDO AL EQUIPO DE GOBIERNO DE CARREÑO
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, se presenta desde este Grupo Municipal de Izquierda Unida la siguiente moción, para su debate y consideración por este Pleno.
Exposición de Motivos
El 29 de Julio de 2015 se celebra sesión extraordinaria de la Junta de la Mancomunidad en la que quedan constituidos los órganos de gobierno de la misma, evidentemente, también la Presidencia. En dicha sesión, resulta elegido Presidente el Alcalde de Gozón y Vicepresidenta, la Alcaldesa de Carreño. Queda aprobado por tanto, según las normas establecidas, que habiendo transcurrido más de dos años y para evitar un vacío de poder, la Presidencia pase a la Alcaldesa de Carreño y la vicepresidencia al alcalde del Ayuntamiento de Gozón con carácter automático y sin más trámites. Tras la renuncia del alcalde de Gozón a presidir la Mancomunidad, al haber transcurrido más de dos años desde su toma de posesión, en nuestra opinión la alcaldesa de Carreño es la nueva presidenta. Sin más trámites.
A su vez, este Pleno del Ayuntamiento de Carreño en su totalidad, es consciente de la necesidad de aclarar las cuentas de la Mancomunidad y coincidimos, con los equipos de gobierno de Gozón y de Carreño en su propuesta de remitirlas a la Sindicatura.
Somos conscientes, de que el Ayto.de Gozón, tiene impagos históricos de legislaturas anteriores a la gestión del actual Presidente, y que estos, van en detrimento de los servicios, siendo el de la piscina el más perjudicado.
Coincidimos con el gobierno local de Carreño cuando dice que “creemos que la Mancomunidad tiene salida clara y viable si se adapta a las posibilidades económicas de los dos Ayuntamientos.” “Es viable pero requiere un acuerdo previo, que esté adaptado a las posibilidades económicas reales entre los dos Ayuntamientos para hacerla sostenible. Urge trabajar para adaptarla a la ley y fijar compromisos económicos que se vayan a cumplir y no generen impagos como los que se generaron por Gozón.”.
Creemos, que habrá que tratar “de impulsar la creación de una Comisión Paritaria Carreño-Gozón en la que se estudiase la situación y elevase una propuesta consensuada de cara a recuperar la normalidad”, como proponía el grupo socialista y que fue rechazada por el Pleno del Ayuntamiento de Carreño por considerarla una excusa para retrasar la toma de posesión de la Presidencia, no porque no sea necesaria.
Este Pleno, por tanto, no reprueba los argumentos a favor de una revisión de los objetivos de la Mancomunidad, o de la necesidad de una fiscalización, sino el incumplimiento de las normas por parte de la Alcaldesa de Carreño.
Todas, absolutamente todas las reformas y/o exigencias que argumenta la Alcaldesa y respalda el equipo de Gobierno, pueden hacerse siendo presidenta de la Mancomunidad la Alcaldesa de Carreño. No es un obstáculo sino todo lo contrario: No hay una sola propuesta que justifique su negativa.
Su negativa a asumirla, utilizando como excusas los argumentos para revisar los objetivos de la Mancomunidad, es un incumplimiento de sus obligaciones como representante de Carreño, y es además un incumplimiento estatutario que ha provocado una crisis política que pone en riesgo la continuidad de la Mancomunidad.
La Alcaldesa de Carreño debe asumir la Presidencia y el equipo de Gobierno de Carreño, del Partido Socialista, debe asumir su representatividad ante los órganos de Gobierno de la Mancomunidad asumiendo y defendiendo los intereses, los derechos y en especial, las obligaciones de Carreño. Y para ello, en base a la lógica y a la ética política reaccionar, deberían reaccionar ante esta negativa, no compartiendo la decisión de la Alcaldesa, por ser una decisión personalista, lejos de las obligaciones que a este Gobierno se le imputa al asumir sus cargos.
Su negativa a asumirla utilizando como excusas los argumentos para revisar los objetivos de la Mancomunidad, es un incumplimiento de sus obligaciones como representantes de Carreño, y es además, un incumplimiento estatutario que ha provocado una crisis política que pone en riesgo la continuidad de la Mancomunidad. La Alcaldesa de Carreño, tampoco asiste a las Juntas en representación de Carreño, arrastrando a todo su grupo político, que asume como suya y respalda la decisión.
Por todos estos motivos:
Solicitamos la reprobación, no solo a la alcaldesa sino a todo el equipo de Gobierno del grupo socialista, del Ayuntamiento de Carreño.