Las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) son el trámite más importante que han tenido que realizar toda la industria asturiana en el último siglo y el gobierno de Asturias lo ha realizado de forma “chapucera” hasta el punto de que ninguna de estas autorizaciones cumple todos los requisitos exigidos por la normativa. Por todo ello, Los Verdes de Asturias han recurrido todas las licencias y todas son nulas o anulables, con la consiguiente inseguridad para las empresas. Hasta el momento han sido publicadas en el BOPA 58 Autorizaciones Ambientales Integradas y falta una veintena por publicar. La AAI sustituye a todas las demás autorizaciones, licencias y permisos anteriores en asuntos tan relevantes como los vertidos, emisiones, urbanismo, incidencia en las cuencas fluviales, contaminación por ruido...
Las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) son el trámite más importante que han tenido que realizar toda la industria asturiana en el último siglo y el gobierno de Asturias lo ha realizado de forma “chapucera” hasta el punto de que ninguna de estas autorizaciones cumple todos los requisitos exigidos por la normativa. Por todo ello, Los Verdes de Asturias han recurrido todas las licencias y todas son nulas o anulables, con la consiguiente inseguridad para las empresas. Hasta el momento han sido publicadas en el BOPA 58 Autorizaciones Ambientales Integradas y falta una veintena por publicar. La AAI sustituye a todas las demás autorizaciones, licencias y permisos anteriores en asuntos tan relevantes como los vertidos, emisiones, urbanismo, incidencia en las cuencas fluviales, contaminación por ruido...
Irregularidades de todas las Autorizaciones
Ambientales Integradas (AAI)
el artículo 20 de la Ley 16/2002 que dice
Propuesta
de resolución y trámite de audiencia.
Artículo 5-Q de la Ley estatal 02/1974, de 13 de febrero, de Colegios
Profesionales:
Quedando, con todo ello, el Visado colegial configurado como un acto
de control, sujeto al derecho administrativo, que realizan los Colegios
Profesionales en ejercicio de una función pública atribuida
por la Ley, que constituye un requisito legal para la validez de ciertos
actos profesionales y, en todo caso, una obligación estatutaria de
todos los colegiados, todo ello en garantía de los intereses de los
propios colegiados, sus clientes y la Sociedad en general.
Consideraciones particulares a las AAI:
AAI-025/05 Dupont Asturias SL Carreño Corvera
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo un espacio en la propia área industrial.
Carece de estudio económico en el Estudio de Impacto Ambiental.
No existe previsión de producción para la planta de protección de cultivos.
En el condicionado, punto 13º, se piden mediciones con anterioridad a la puesta en marcha de la instalación, lo cual es imposible en sí mismo.
AAI-025/05-01/06 Dupont Asturias SL Carreño
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo un espacio en la propia área industrial.
En la Evaluación de Impacto Ambiental no se plantean alternativas.
AAI-026/06 Sidergas Energía SAU Carreño Corvera
La planta tiene más de 50 MW de potencia nominal; no consta si tiene más de 300 MW, en cuyo caso requeriría Evaluación de Impacto Ambiental.
AAI-027/06 Asturiana de Zinc SA Castrillón
No hay informe del organismo de Cuenca, pese a los vertidos al río Raíces.
Figura un salto térmico intolerable, de 15ºC en el agua que recibe el vertido. (Es decir, permite que se eleve la temperatura del río Raíces en 15º).
Afecta indirectamente a espacios de la Red Natura 2000.
AAI-017/05 HC SA Ribera de Arriba Oviedo
Debería integrar la Declaración de Impacto Ambiental y sus alternativas y condicionados de fecha 5 de noviembre de 2007.
La cinta transportadora no se contempla.
Afecta a la Red Natura 2000, que llega hasta el pie del azud anejo a la planta.
La refrigeración debería hacerse en circuito cerrado obligatoriamente, y la temperatura de salida del agua debería ser 12º, óptimo para el espacio de la Red Natura 2000 afectado.
AAI-055/06 Tudela Veguín - Oviedo
No se ha realizado el trámite obligado ante la CAMA (Comisión de Asuntos Medioambientales de Asturias).
AAI-018/05 Alcoa Inespal SA Avilés Gozón
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo afección a un espacio en la propia área industrial.
No consta informa de uno de los Ayuntamientos afectados según artículo 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
AAI-038/06 Saint-Gobian Cristalería SA Avilés Castrillón
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo afección a un espacio en la propia área industrial.
No consta informa de uno de los Ayuntamientos afectados según artículo 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
No se ha dado trámite de audiencia al Ayuntamiento que ha informado (Castrillón) y en cambio sí se ha dado al que no lo hizo (Avilés).
AAI-050/06 Fertiberia SA Corvera Avilés
En medio de las instalaciones, separadas tres kilómetros, se encuentra parte de la factoría de ARCELOR.
No figura informe de uno de los Ayuntamientos afectados.
AAI-034/06 Aleastur SA Gozón
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo afección a un espacio en la propia área industrial.
No consta informe del Ayuntamiento afectado según artículo 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
AAI-046/06 Arcillas y chamotas asturianas SA Llanera
No consta informa de uno de los Ayuntamientos afectados según artículo 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
Alegan los propios trabajadores del polígono industrial en contra, por las condiciones ambientales que genera la industria en su entorno.
AAI-061/06 Industrial Química del Nalón SA Oviedo
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo afección a un espacio en la propia área industrial.
No figura la temperatura del vertido.
AAI-037/06 Kinbauri España SL Belmonte de Miranda
No hay Estudio específico de Afección a la Red Natura 2000, teniendo afección indirecta.
No se aclara la actividad de la planta, aparentemente cesada en agosto 2006.
No consta informe del Ayuntamiento afectado según artículo 18 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
AAI-047/06 Iberdrola Generación SAU Langreo
No figura la temperatura del vertido.
No se analiza completa y adecuadamente el vertedero de Cotorraso, para cenizas
con metales pesados, el transporte de las mismas (pulverulentas), etc.
Parte de los documentos presentados, están sin visar, incumpliendo de
esta manera el articulo 5-Q de la Ley estatal 02/1974, de 13 de febrero, de
Colegios Profesionales.
No se ha procedido a dar trámite de Audiencia a Jóvenes
Verdes que habían presentado alegaciones,
Emisiones a la atmósfera: Gran parte de las medidas solicitadas para
mejorar las emisiones difusas en el manejo del carbón y cenizas, ya
se tenían que haber acometido hace muchos años, siendo muchas
de ellas reiteradas en otras peticiones realizadas por el Principado (capotado
de cintas, pavimentación y limpieza del suelo, manejo de graneles),
y todavía no se han producido.
Los depósitos de carbón son una fuente importante de polvo para
los que no se prevé ninguna medida adicional (paramentos laterales,
arboleda suficiente, etc.) que resultan imprescindibles para disminuir su impacto.
Vertidos de aguas: Es preciso un sistema de refrigeración de aire, que
genera menor consumo de agua y menor salto térmico al vertido de esta
al río. No figura la temperatura de los vertidos.
Almacenamiento: Es preciso que todos aquellos depósitos que tengan riesgos
de rotura o desbordes tengan la suficiente contención estructural para
evitar estos.
Al tener la empresa una autorización como gestor de residuos del Principado
de Asturias de acuerdo al Real Decreto 833/1988 en su artículo 27-1
dice:
Al tener un vertedero consideramos insuficiente la fianza de 60.101 euros
para responder de las obligaciones derivadas de este. El análisis ambiental
y las medidas correctoras del vertedero son insuficientes (no se contempla
específicamente como origen de suelos contaminados, no se imponen medidas
para evitar contaminación por metales pesados presentes en las cenizas,
evitar influencia sobre el agua de lluvia y el paso a los acuíferos
de carga contaminante por lixiviados, las afecciones de polvo al entorno, etc.)
En la resolución no se tiene en cuenta el capítulo IV de la Ley
de Responsabilidad Medioambiental 26/2007 que establece la obligación
de los operadores de las actividades incluidas en su Anexo III (aquellas sometidas a
autorización ambiental integrada) a constituir una garantía financiera
que cubra la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades
que el operador desarrolle. Esta garantía podrá consistir en
una póliza de seguro, un aval bancario o una reserva técnica
mediante la dotación de un fondo ad hoc.
AAI-056/06 Sia Copper SA Siero
Existe confusión respecto al vertido, si va a la red municipal o no, dado que hay informe del Organismo de Cuenca.
No se ha realizado el trámite preceptivo ante la CAMA
AAI-069/06 Central Térmica de La Pereda (Mieres), HUNOSA,
AFECCIÓN A LA RED NATURA: en la AAI no figura Estudio Específico de Afección a la Red Natura 2000, espacios naturales de la Directiva de Hábitats. Las aguas del vertido terminan en un espacio de la Red Natura (afección indirecta) como es el Nalón y las emisiones pueden alcanzar otros espacios cercanos de dicha red. Existe una afección indirecta.
PRODUCTOS QUÍMICOS para tratamiento de aguas; a través del proceso de otorgamiento de la AAI, tal como se ha hecho, no se puede determinar el destino final de la hidracina, los biocidas y resto de insumos. No se declara su presencia en las aguas vertidas. Resulta inexplicable su desaparición.
RUIDOS: el apartado de ruidos es defectuoso e incompleto, siendo además el ruido de la planta una de las fuentes de conflicto permanente con los vecinos. La propia empresa reconoce (página 13.402 del BOPA 16-VI-2008) estar elaborando el mapa de isófonas; pese a ello se procede a otorgar la autorización.
CENIZAS; es el residuo más voluminoso que se genera, pulverulento, y debería ser caracterizado, contiene metales pesados como principales contaminantes. Se arrojan a un vertedero en Pumardongo, para el que no se establecen medidas de ningún tipo. El vertedero de cenizas es parte indispensable de la explotación de la planta, se está vertiendo en una escombrera minera sin garantías para ese tipo de residuos. El transporte de las cenizas debería ser objeto de medidas de atenuación de sus impactos.
AAI-075/06 Hierros y aplanaciones SA / HIASA, PoIígono de Cancienes - Corvera
No consta informe del Ayuntamiento según art. 18 Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Afecta a espacio de la Red Natura 2000 y no hay Estudio Específico de Afección a la Red Natura 2000.
AAI-076/06 Cerámica del Nalón SA Barrio El Nalón – Lada - Langreo
En el RD 9/2005 de actividades potencialmente contaminantes del suelo se establece la necesidad de un Informe Preliminar de Situación (IPS); carece de dicho IPS y resto de cuestiones generales.
AAI-066/06 Industrias Lácteas Asturianas SA / ILAS Anleo - Navia
No hay informe del organismo de cuenca, preceptivo.
Afecta a espacio de la Red Natura 2000 y no hay Estudio Específico de Afección a la Red Natura 2000: Ría de Navia.
AAI-071/06 Fundición Nodular SA Lugones - Siero
Documentos sin visar y resto de cuestiones generales arriba citadas.
AAI-072/06 Arcillas Refractarias SA / ARCIRESA Castiello - Lugo de Llanera
(Cuestiones generales arriba citadas.)
AAI-079/06 Asturiana Galvanizadora SA / AGALSA Tremañes - Gijón
Comparte solar con OXIZINC-AGALSA, SAU, que gestiona sus vertidos, debe aclararse la responsabilidad.
AAI-078/06 RHI Refractories España SL Lugones - Siero
(Cuestiones generales arriba citadas.)
AAI-073/06 Reciclado del Aluminio SA PI Roces - Gijón
Documentos sin firmar y sin visar.
No consta informe del Ayuntamiento según art. 18 Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
AAI-080/06 Oxizinc-AGALSA SAU Tremañes - Gijón
Comparte solar con OXIZINC-AGALSA, SAU, y gestiona sus vertidos, debe aclararse la responsabilidad. Convendría aportar planimetría aclaratoria.
AAI-020/05 HC SA Central Térmica de ABOÑO, Carreño y Gijón
No hay informe del organismo de cuenca.
No hay Evaluación de Impacto Ambiental, pese a que la instalación supera los 300 MW de potencia nominal, limitándose la EIA al residuo de yeso de la planta de desulfuración.
Existe un vertedero de cenizas y escorias, que aunque se valora en los documentos, no se aporta Informe Preliminar de Situación exigible según el RD 9/2005 de actividades potencialmente contaminantes del suelo.
AAI-067/06 Aprochim-Getesarp-Rymoil SA AGR P Logrezana - La Granda - Carreño
Ya hay una Autorización Ambiental Integrada previa (R 04/11/03) parcial, que no se cita en la resolución, ignorándose cómo queda la cuestión.
AAI-065/06 Industrias DOY – Manuel Morate, Trubia – Oviedo
Informe urbanístico parcialmente desfavorable, luego invalidante.
No hay informe del Organismo de Cuenca, no se indican vertidos al Dominio Público Hidráulico.
AAI-063/06 Santa Bárbara Sistemas SA General Dynamics - Trubia - Oviedo
Afecta a espacio de la Red Natura 2000, indirectamente, y no hay Estudio Específico de Afección a la Red Natura 2000: Río Nalón.
No se establece la temperatura de los vertidos.
AAI-070/06 Santa Bárbara Sistemas SA - Oviedo
Sólo esta visado el anexo.
AAI-082/06 Daorje SA I Arcelor Avilés - Corvera
Se encuentra dentro de los terrenos de ARCELOR, sin que se aborde esta cuestión y se aporten planos en la AAI; dada la complejidad de las instalaciones industriales, resulta difícil discernir.
Aguas a EDAR Decapado Arcelor o Red Arcelor, se traspasa el vertido y la responsabilidad.
AAI-068/06 Industrial Química del Nalón SA COQUERÍA Ciaño - Langreo
Afecta a espacio de la Red Natura 2000 y no hay Estudio Específico de Afección a la Red Natura 2000: Río Nalón.
No se establece temperatura adecuada de los vertidos, queda en menor de 30 º, demasiado elevada.
No se dio contestación a las alegaciones.
Comparte solar con otra instalación de COGENERACIÓN, debe aclararse la responsabilidad. Convendría aportar planimetría aclaratoria de lo que corresponde a cada uno.
No se ha tenido en cuenta que se ubica en Zona de Atmósfera Contaminada.
Debe impedirse el empleo de aguas amoniacales en la refrigeración del coque.
No se ha procedido a dar tramite de Audiencia a Jóvenes Verdes asociación
que había presentado alegaciones, con un incumpliendo claro del artículo
20 de la Ley 16/2002.
Parte de los documentos presentados, están sin visar, incumpliendo de
esta manera el articulo 5-Q de la Ley estatal 02/1974, de 13 de febrero, de
Colegios Profesionales.
No se responde por parte de la empresa a las cuestiones planteadas a los interesados
como Jóvenes Verdes durante el trámite de información
pública, lo que invalida el procedimiento previo.
Gran parte de las medidas solicitadas ya lo han sido en los últimos
años sin que hasta la fecha se hayan tomado (apantallamiento, naves
cerradas, sistemas de captación, etc.) , por lo que carece de
sentido esta nueva prórroga en su puesta en marcha.
En la resolución no se tiene en cuenta el capitulo IV de la Ley de Responsabilidad
Medioambiental 26/2007 que establece la obligación de los operadores
de las actividades incluidas en su Anexo III (aquellas sometidas a autorización
ambiental integrada) a constituir una garantía financiera que cubra
la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que
el operador desarrolle. Esta garantía podrá consistir en una
póliza de seguro, un aval bancario o una reserva técnica mediante
la dotación de un fondo ad hoc.
AAI-064/06 Caleras de San Cucao SA San Cucao - Llanera
No hay informe del organismo de cuenca.
AAI-081/06 Refractaria SA El Berrón - Siero
No consta informe del Ayuntamiento según art. 18 Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
No se ha efectuado la obligada tramitación ante la CAMA.
El Organismo de Cuenca (CHN) deniega la autorización del vertido (página13567 del BOPA 16 junio de 2008), pero (página 13572) se otorga AAI sin verter al Dominio Público Hidráulico, resulta contradictorio e inaudito.
AAI-077/06 S. A. de Investigaciones Metalúrgicas SADIM - Parque de Aduanas Gijón
Se encuentra dentro de los terrenos de ARCELOR, sin que se aborde esta cuestión y se aporten planos en la AAI; dada la complejidad de las instalaciones industriales, resulta difícil discernir.
No consta informe del Ayuntamiento según art. 18 Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
AAI-022/06 Arcelor España SA Rías Aboño y Avilés,Gijón, Corvera, Avilés, Carreño y Gozón
No consta informe de los Ayuntamientos de Corvera y Gozón según art. 18 Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Sin firmar ni visar parte de los documentos.
AAI-057/06 Mieres Tubos SL Mieres
No consta informe del Ayuntamiento según art. 18 Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
No hay informe del organismo de cuenca
Diputáu Autonómicu y Coordinador d'IX
Diputado Autonómico
(Mas Asturies)
Diputada Autonómica
Convocatoria por Asturies